TÉRMINOS Y CONDICIONES
“INYEC-PLASTIC QUERÉTARO, S. DE R.L. DE C.V.”

“INYEC-PLASTIC QUERÉTARO, S. DE R.L. DE C.V.”, es una empresa mexicana que oferta al mercado, la fabricación, producción, diseño maquila, compra, venta, distribución, y comercio en general de productos de plástico en el ámbito industrial.

Por lo que, a fin de ofertar un mejor y certero servicio a sus clientes, da conocer la forma de regulación del proceso de oferta, venta y contratación de servicios de manufactura de inyección, comercialización de productos de plástico y diseño, reparación y fabricación de moldes.

Lo estipulado en el presente documento, es vinculante para los clientes y será aplicable a falta de acuerdo por escrito; en lo sucesivo, se identificará a la empresa como “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”.

SERVICIOS OFERTADOS:

MAQUILA DE INYECCIÓN DE PLÁSTICO

DISEÑO, CAMBIOS DE INGENIERÍA, REPARACIÓN Y FABRICACIÓN DE TODO TIPO DE MOLDES

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE VENTA

  1. Solicitud de cotización: Para dar inicio al proceso de venta, El CLIENTE, podrá solicitar un presupuesto a través de los medios y/o contactos de venta, precisando de forma detallada las especificaciones técnicas que solicita, tiempos requeridos para entrega y cualquier requerimiento especifico, sobre el servicio de maquila de plástico y/o venta de mercancía; “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”, dará respuesta sobre la disponibilidad de ejecución, presupuesto a través de cotización formal, tiempos de entrega, forma de pago, anticipos requeridos, garantías, etc.
  2. Vigencia de cotización: Todas las cotizaciones, tendrán una validez máxima de 15 días naturales a partir de la fecha envío y/o recepción de la misma, sin embargo, la cotización no constituye un precio firme y/o fijo, por lo que “INYEC- PLASTIC QUERÉTARO”, podrá cancelar o modificar el presupuesto cuando no haya sido aceptado la oferta del servicio por parte del cliente.
  3. Modificación de cotización:TSi durante el proceso negociación y/o ejecución del servicio, “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”, advierte que los servicios solicitados por el cliente requieren más acciones (incremento de materias primas y/o acabados y/o empaque, etc.), se notificara de forma inmediata al cliente, a fin de que autorice la ejecución de acciones, previa modificación de presupuesto; De igual forma, cuando el cliente requiera la producción acelerada del servicio de manufactura (diseño y/o maquila de productos), en cuanto fecha de cumplimiento anticipado, “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”” se reserva el derecho de incrementar la contraprestación económica pactada inicialmente, a fin de compensar los costos adicionales de producción, transporte u otros gastos, cuyo monto el cliente acepta pagar en tiempo y forma.
  4. Cotización con previa inspección y valoración:Cuando el cliente proporcione el molde guía para los procesos de producción y/o maquila de productos, será indispensable que “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”, realice previamente inspección física, valoración y diagnóstico del molde propiedad del cliente, a fin de advertir desgaste, averías, etc., que pudiera afectar el proceso de producción; los gastos por traslado de moldes, para inspección física, valoración o diagnóstico de moldes en las instalaciones de “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”, correrán a cargo del cliente.
  5. Proceso de evidencia:Se realizará proceso de evidencia para la recepción de moldes propiedad del cliente, a través de soporte documental general, físico y/o electrónico, pruebas de laboratorio, archivos fotográficos, etc., con el objeto de brindar al cliente certeza en la ejecución del servicio en comendado.
  6. Estimación de cotizaciones:Las cotizaciones solicitadas por el cliente, en carácter de urgencia, a través de cualquier medio de comunicación (teléfono, correo electrónico) serán consideras como una estimación de presupuesto y podrán variar, una vez verificados e inspeccionados los bienes (moldes) que se someterán a proceso de producción.
  7. Determinación de impuesto.Los precios acordados en cotización son independientes, de las cantidades que resulten por concepto de impuestos o tasas de tipo fiscal que se configuren por la prestación del servicio y/o venta de mercancías.
  8. Aceptación de cotización:Se entenderá por iniciada la relación contractual cuando 1) sea aceptada por el cliente una cotización y/o 2) cuando medie recepción de orden de compra expedida por el cliente y/o 3) cuando la aceptación de cotización se haga constar por escrito a través de contrato de prestación de servicios y/o 4) recepción de pago de anticipo según corresponda el bien y/o servicio solicitado.
  9. Proceso de ejecución El proceso de ejecución obedecerá en su totalidad a lo acordado y establecido en la orden de compra o contrato suscrito, cualquier servicio diferente solicitado por cliente, requerirá expedición de nueva cotización.
  10. Entrega-recepción:Se realizará de acuerdo a la lista de verificación de requerimientos y/o recepción de conformidad con la nota de remisión que se expida, en correlación con la orden de compra y/o contrato celebrado;
  11. Cancelación de servicio durante su ejecución: Si el cliente decide cancelar el servicio anticipadamente a las fechas acordadas de ejecución y entrega, se procederá a realizar la evaluación de gastos operativos y administrativos erogados desde el inicio de los trabajos hasta el momento de solicitud de cancelación, descontando la cantidad que resulte del pago de anticipo realizado y/o procediendo al cobro correspondiente al cliente para el caso de haberse entregado anticipo de pago.
  12. Posventa:Posterior a la conclusión del servicio contratado, “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO” a través del departamento de ventas, dará seguimiento al nivel de satisfacción, garantías, reclamaciones, soporte y asistencia técnica acordada con el cliente.
  13. Formas de pago:“INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”, podrá pactar la siguiente modalidad de pago:
    • I. Pago en una exhibición:previa al inicio de la ejecución del servicio;
      II. Pago de Anticipo por porcentaje: El porcentaje será definido según sea el servicio de manufactura o suministro de bien contratado y será establecido en la cotización que se expida; “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO” se reserva el derecho de suspender la ejecución del servicio y/o se reserva el derecho de suspender la ejecución del servicio y/o cobrar una pena convencional por incumplimiento de pago total y/o liquidación, del 10% (diez por ciento) mensual sobre el total de la orden
      III. Pago a crédito: El cliente firmara contrato de prestación de servicios y/o título de crédito que garantice la cantidad, tiempo de pago, penas convencionales o interés moratorio. La modalidad de pago a crédito será precisada en la cotización de servicio que se expida y será obligatoria a partir de la expedición de la orden de compra y/o aceptación de contratación de prestación de servicio y/o manifestación del Visto Bueno de cotización por parte el cliente.
  14. Incumplimiento y pena convencional:El cliente incurrirá en mora cuando fuera omiso en el pago total y/o parcial de la contraprestación pactada, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial previa; “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO” tiene derecho y el cliente se obliga pagar un cargo y/o pena convencional por incumplimiento de pago, mismo que será equivalente al 10% (diez por ciento) del valor de orden de compra comprometida y será pagadera de forma inmediata, sin previo requerimiento judicial.
  15. Facturación: Es responsabilidad exclusiva del cliente proporcionar los datos fiscales correctos para la emisión de comprobante fiscal que ampare el servicio ejecutado y/o suministro de bienes y/o producción, por lo que el cliente libera al emisor de toda responsabilidad, respecto a la certeza de los datos que sean proporcionados mediante los formularios contables que para tal efecto sean utilizados; cualquier información de actualización de datos fiscales será a cargo del cliente y deberá proporcionarla previa a la expedición de comprobante fiscal.
  16. Garantías:Las garantías ofertadas, serán precisadas en las cotizaciones que se expidan, éstas obedecerán exclusivamente a la calidad por defecto de fabricación, previa inspección y valoración, de ser el caso, “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”, realizara las acciones correctivas de producción que correspondan; todas las garantías ofertadas estarán determinadas por una vigencia para hacerse valer a partir de la fecha de entrega.
  17. Logística:Es responsabilidad del cliente, precisar en la solicitud de cotización, los requerimientos correspondientes a la logística de entrega de la producción, en cuanto a embalaje, etiquetado, paletización y/o cualquier requerimiento de logística para su transportación y entrega sean necesarios, a fin de garantizar la integridad y seguridad del mismo; Para el caso de que el cliente solicite que la logística de carga o traslado de bienes manufacturados sea asegurada, correrá a cargo de éste los gastos adicionales que se generen, por motivo de contratación de póliza de fianza ante institución aseguradora autorizada.
  18. Propiedad intelectual e industrial:“INYEC-PLASTIC QUERÉTARO” y el cliente, se comprometen recíprocamente, a respetar los derechos de propiedad intelectual de los cuales sean titulares, en cuanto a derechos de autor, marcas registradas, patentes, modelos, así como aquellos que se consideren adheridos a ellos, tales como embalaje y etiquetado. “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO” se compromete al manejo, uso y resguardo adecuado de los manuales y/o documentos que sean proporcionados por el cliente para el diseño y/o ejecución del servicio de manufactura encomendado, garantizando que sus empleados y representantes no los infrinjan. El cliente se obliga a informar expresamente a “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”, cuando ponga a disposición de éste material de su propiedad, que implique derechos protegidos de propiedad intelectual; Los derechos de autor y patentes que tengan su origen en la ejecución de un servicio encomendado, será determinados y acordados en forma expresa mediante acuerdo, sin excepción, obligándose las partes al respeto de los derechos.

  • LOS PRESENTES TÉRMINOS Y CONDICIONES CONSTITUYEN EL ACUERDO FINAL Y COMPLETO ENTRE “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO” Y EL CLIENTE, EL CUAL NO PODRÁ VARIARSE EXCEPTO MEDIANTE MODIFICACIÓN EXPRESA POR ESCRITO, DEBIDAMENTE AUTORIZADA Y FIRMADA POR LAS PARTES, LA REPRODUCCIÓN Y FORMA DE PUBLICIDAD DEL PRESENTE INSTRUMENTO, ES A TRAVÉS DE LAS COTIZACIONES EXPEDIDAS POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS Y POR LA PUBLICACIÓN A TRAVÉS DE TODOS LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS Y FÍSICOS DE LOS QUE ES TITULAR “INYEC-PLASTIC QUERÉTARO”, POR LO QUE EL CLIENTE SE HACE CONOCEDOR DE SU CONTENIDO Y ACEPTACIÓN.